EB-3 Green Card para Trabajadores Calificados/Profesionales/Trabajadores no Calificados (Otros Trabajadores) (incluyendo Enfermeras y Fisioterapeuta)

EB-3 Visa La categoría de visa de inmigrante EB-3 proporciona residencia permanente legal a profesionales, trabajadores calificados y trabajadores no calificados con una oferta permanente de empleo en los Estados Unidos. Esta categoría requiere una oferta de trabajo y una certificación laboral emitida por el Departamento de Trabajo (DOL). El proceso de certificación laboral existe para proteger a los trabajadores estadounidenses y al mercado laboral de los Estados Unidos, asegurando que los trabajadores extranjeros que buscan clasificaciones de visas de inmigrante no estén desplazando a trabajadores estadounidenses calificados.

Para calificar para una Green Card EB-3, el extranjero debe tener una oferta de trabajo permanente a tiempo completo de un empleador estadounidense para el cual los trabajadores calificados no están disponibles en los Estados Unidos.

  • Los profesionales deben poseer un título de bachillerato, o equivalente en grado, que se requiere para entrar en su ocupación.
  • Los trabajadores calificados deben ser capaces de demostrar al menos 2 años de experiencia laboral o capacitación.
  • Otros trabajadores deben estar realizando labores no calificadas que requiera menos de 2 años de capacitación o experiencia.

El proceso para obtener una Green Card EB-3 se compone de tres fases: (1) la certificación laboral; 2) la petición de visado; y 3) la solicitud de residencia permanente.

Cada una de estas fases se explica en las siguientes secciones.

Solicitud de Certificación Laboral

Una "certificación laboral" es una certificación del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL, por sus siglas en inglés) según la existencia de una escasez de trabajadores estadounidenses calificados para cubrir un trabajo que se ofrecerá a un extranjero y que al extranjero se le pagará el "salario prevaleciente". Uno de los factores más importantes en el éxito final de una certificación laboral es la determinación correcta de los requisitos mínimos necesarios para realizar el trabajo.

En 2005, el DOL cambió drásticamente la forma en que procesa los casos de certificación laboral. La principal diferencia entre el nuevo proceso (denominado PERM) y el proceso anterior es cómo se maneja la documentación relacionada con la contratación de personal. Anteriormente, la documentación de apoyo, como anuncios de periódicos y otros esfuerzos de contratación, la justificación de los requisitos de trabajo, las determinaciones salariales prevalecientes, etc., se presentaban cuando se presentaba la solicitud de certificación laboral. En virtud de PERM, mientras que la misma documentación debe ser preparada o montada, es mantenida por el empleador y sólo se presenta si y cuando sea solicitada por el DOL. El empleador está obligado a conservar esta documentación durante cinco años.

En virtud de la normativa anterior, había dos tipos de certificaciones laborales: la reducción del reclutamiento (RIR) (también conocida como "vía rápida", ya que a estos tipos de casos se les daba la gestión prioritaria) y los casos tradicionales o de no reducción de la contratación (no-RIR). Estas dos clasificaciones han sido eliminadas. Sin embargo, las ocupaciones ahora se clasifican como "profesionales" o "no profesionales" y cada clasificación tiene diferentes requisitos de contratación. Ambas clasificaciones requieren dos anuncios de periódicos dominicales y un puesto de trabajo de 30 días con la Agencia Estatal de la Fuerza Laboral (SWA). Para los puestos profesionales, el empleador debe cumplir con al menos tres de cada 10 pasos enumerados: (1) ferias de empleo; (2) sitio web del empleador; (3) sitio web de búsqueda de empleo que no sea el del empleador; 4) reclutamiento en el campus; 5) organizaciones comerciales o profesionales; 6) empresas privadas de empleo; (7) programa de referencia de empleados con incentivos; (8) oficinas de colocación de campus; 9) periódicos locales y étnicos; y (10) anuncios de radio o televisión. Si la ocupación se clasifica como una "profesión" y el empleador no hace estos pasos adicionales, se denegará la solicitud de certificación laboral.

Solicitar una certificación laboral no vincula al empleador legalmente. Por último, la solicitud de certificación laboral puede ser retirada por el empleador en cualquier momento.

La Petición de Visa: Certificación Laboral EB-3

El propósito de la petición de visa es demostrar a USCIS que: (1) el trabajo ofrecido ha sido certificado por el DOL; 2) el extranjero cumple todos los requisitos enumerados en la certificación laboral; y (3) el empleador patrocinador tiene recursos suficientes para pagar el salario ofrecido. Este paso también establecerá la clasificación de preferencias de inmigrantes.

Durante la fase de petición de visa, será necesario presentar documentación del empleador que demuestre su capacidad para pagar el salario ofrecido. Esto generalmente será una declaración de impuestos federal, o para empresas más grandes, una carta o informe anual. Además, es en este paso que el extranjero presentará documentación relativa a la prueba de su educación y experiencia. Por lo tanto, en ese momento, se necesitan diplomas, transcripciones y cartas de empleadores anteriores.

Para cuando se presente la petición de visa, el extranjero debe decidir si solicitará la residencia permanente aquí en los Estados Unidos o en un consulado o embajada de los Estados Unidos en el extranjero.

La Petición de Visa: EB-3 Horario A Enfermeras y Fisioterapeutas

El Anexo A es una lista de ocupaciones pre-certificadas codificadas en 20 CFR 656.10 y 20 CFR 656.22 para las cuales el Secretario del Departamento de Trabajo ha determinado previamente que no hay suficientes trabajadores estadounidenses que puedan, estén dispuestos, calificados y disponibles y que los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar no se verán afectados negativamente por el empleo de extranjeros en tales ocupaciones. Las enmiendas del IMMACT '90 a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Ley) dieron clasificaciones de visa separadas a algunos grupos que anteriormente fueron incluidos en la Lista A. Como resultado, el DOL eliminó a estos grupos del Anexo A, dejando sólo el Grupo I, enfermeras registradas y fisioterapeutas, y el Grupo II, extranjeros de capacidad excepcional.

Por lo tanto, no se requiere un proceso regular de Certificación Laboral, pero todavía se requiere una oferta de empleo de un empleador estadounidense.

El 27 de diciembre de 2004, el DOL publicó una regla final, Certificación Laboral para el Empleo Permanente de Extranjeros en los Estados Unidos; Implementación del Nuevo Sistema, que reestructura significativamente el proceso permanente de certificación laboral. Esta norma final elimina el idioma actual del 20 CFR parte 656 y sustituye la parte en su totalidad por un nuevo texto reglamentario, en vigor el 28 de marzo de 2005.

El 28 de marzo de 2005, el DOL modificó efectivamente su reglamento que regula la presentación y tramitación de solicitudes de certificación laboral para el empleo permanente de extranjeros en los Estados Unidos para implementar un nuevo sistema de presentación y tramitación de dichas solicitudes. Muchos de los requisitos probatorios relativos a las peticiones de la Lista A han sido modificados a partir de esa fecha.

De conformidad con los nuevos 20 CFR 656.10 y 20 CFR 656.15, con el fin de solicitar la certificación en virtud de la Lista A para las peticiones presentadas a partir del 28 de marzo de 2005, el peticionario debe completar y presentar:

  • La petición del Formulario I-140, con las tasas de presentación apropiadas,
  • Un Formulario ETA-9089 no certificado, por duplicado, firmado en el original por un funcionario autorizado de la organización peticionario, el extranjero y el representante, si lo hubiera,
  • Una determinación salarial emitida por la Agencia Estatal de la Fuerza Laboral (SWA) que tiene jurisdicción sobre el área propuesta donde existe la oportunidad de empleo,
  • Una copia del aviso publicado, y
  • Copias de todos y cada uno de los medios internos, ya sean electrónicos o impresos, de acuerdo con los procedimientos normales utilizados para la contratación de puestos similares al puesto especificado en el Formulario 9089 en la organización del empleador.
  • Para las peticiones presentadas para enfermeras registradas, una licencia permanente completa sin restricciones para practicar la enfermería en el estado de empleo previsto, certificado CGFNS emitido por la Comisión de Graduados de Escuelas de Enfermería Extranjera o evidencia de que el extranjero ha aprobado el Examen de Licencia del Consejo Nacional para Enfermeras Registradas (NCLEX-RN), administrado por el Consejo Nacional de Juntas Estatales de Enfermería.
  • Para las peticiones presentadas para fisioterapeutas, una licencia permanente para ejercer en el estado de empleo previsto o, una carta o declaración, firmada por un funcionario autorizado de licencias de fisioterapia estatal, que indique que el beneficiario está calificado para tomar el examen de licencia por escrito de ese estado para fisioterapeutas.
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Los profesionales de la salud, excepto los médicos, también necesitan obtener una VisaScreen® antes de ingresar a los EE.UU. para trabajar.

El Servicio de Evaluación de Credenciales de VisaScreen®: Visa Credentials es un programa de evaluación integral para profesionales de la salud que no son ciudadanos estadounidenses y están buscando una visa ocupacional para trabajar en los Estados Unidos. Los profesionales de la salud deben completar el programa de evaluación antes de que puedan recibir una visa ocupacional permanente o temporal, incluyendo el estatus de Comercio del TLCAN (USCMA).

¿Qué incluye el Programa VisaScreen®?

  • Una evaluación de la educación de un extranjero para asegurar que sea comparable a la de un graduado estadounidense en la misma profesión
  • Una verificación de que todas las licencias de atención médica profesional que un extranjero haya mantenido son válidas y sin restricciones
  • Un examen de dominio del idioma inglés
  • Sólo para enfermeras registradas, una verificación de que la enfermera ha aprobado el Examen de Calificación CGFNS®, NCLEX-RN® o para años selectos y provincias su predecesora, el Examen de Grupo de Pruebas de la Junta Estatal (SBTPE).

Los extranjeros que completan con éxito el VisaScreen® reciben un certificado oficial para el Servicio de Evaluación de VisaScreen®: Visa Credentials Assessment, que cumple con los requisitos federales de detección de los Estados Unidos.

Solicitud Legal de Residencia Permanente

Suponiendo que no hay un atraso para una visa de inmigrante para el país del extranjero de la categoría de responsabilidad y preferencia según lo determinado por la fecha de presentación de la certificación laboral o la presentación de la petición de visa (es decir, la fecha de prioridad), si el extranjero está en los Estados Unidos con una visa de no inmigrante temporal, o si de otra manera califica por regulación, el extranjero y su familia pueden ser elegibles para solicitar el ajuste del estatus legal de con el centro de servicio regional de USCIS. Si el extranjero no está en los Estados Unidos, o no califica para el ajuste de estatus, entonces el extranjero y su familia deben solicitar visas de inmigrante en el consulado de los Estados Unidos apropiado en su país de origen o país de residencia. Si se solicita la residencia permanente en los Estados Unidos, se denomina procesamiento de "ajuste de estatus". Si se solicita fuera de los Estados Unidos, se llama “solicitar una visa de inmigrante". El resultado de cualquiera de los dos es el mismo: la residencia permanente.

Como parte del proceso de solicitud AJUSTE DE ESTATUS, un extranjero también puede solicitar un documento de autorización de empleo (EAD) y el Advanced Parole (AP). Un extranjero no está obligado a solicitar un EAD o AP en el momento en que presenta su solicitud de AJUSTE DE ESTATUS o mientras su solicitud de AJUSTE DE ESTATUS está pendiente. Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, Servicio de Inmigración y Naturalización) pueden tardar varios meses en aprobar la Solicitud de AJUSTE DE ESTATUS de un extranjero. Si las circunstancias de un extranjero cambian durante ese período de tiempo, tener el EAD y AP aprobados disponibles proporcionará la máxima flexibilidad, incluso si por el momento un plan nacional extranjero planea continuar manteniendo su condición de no inmigrante (como H-1B, L-1 u O-1)..

¿Qué es un EAD?

Un extranjero puede obtener una tarjeta EAD presentando una Solicitud EAD al mismo tiempo que presenta su Solicitud DE AJUSTE DE ESTATUS, o después de que se presente la Solicitud AJUSTE DE ESTATUS. Una vez aprobada, la tarjeta EAD permite a su titular trabajar para cualquier empleador mientras la tarjeta sea válida. Por el contrario, el estatus de no inmigrante de un extranjero (H-1B, O-1, L-1, etc.) le permite trabajar sólo para el empleador que presentó la petición de no inmigrante. Una vez que un extranjero tiene un EAD en la mano, puede trabajar legalmente para cualquier empleador (pero recuerde que incluso con un EAD, un extranjero debe tener la intención de trabajar para el empleador patrocinador, en caso de residencia permanente basada en el empleo, en el momento en que se apruebe su solicitud de AJUSTE DE ESTATUS). Los EAD son válidos hasta un año a la vez. Los cónyuges y los hijos dependientes también pueden obtener EADs, si lo desean.

¿Qué es Advance Parole?

Un extranjero puede obtener el AP presentando una Solicitud AP al mismo tiempo que presenta su Solicitud de AJUSTE DE ESTATUS, o después de que se presente la Solicitud de AJUSTE DE ESTATUS. Una vez aprobado, el AP permite que un extranjero salga de los Estados Unidos y vuelva a entrar sin tener un sello de visa de no inmigrante válido en su pasaporte. A menos que un extranjero esté manteniendo el estatus H-1B o L-1, después de que se presente su solicitud de AJUSTE DE ESTATUS, un extranjero debe obtener el AP antes de salir de los Estados Unidos. Por ejemplo, si un extranjero tiene el estatus O-1 y presenta una Solicitud DE AJUSTE DE ESTATUS y luego sale de los Estados Unidos sin el AP, su Solicitud AJUSTE DE ESTATUS será considerada por USCIS como "abandonada" y será denegada. Esto causaría un gran retraso y gastos porque podría tomar semanas o meses para conseguir a un extranjero de vuelta a los Estados Unidos en el nuevo estado O-1, y luego un nuevo Paquete de solicitud de AJUSTE DE ESTATUS tendría que ser presentado nuevamente. Viajar con el AP previene que tales problemas ocurran. El AP es válido para las entradas múltiples durante la validez del documento.

En la etapa legal de solicitud de residencia permanente, el USCIS (u oficina consular) preguntará si el extranjero ha: (1) ha sido miembro del Partido Comunista, grupos terroristas u organizaciones similares; 2) ser arrestado o condenado por cualquier delito; (3) alguna vez recibió asistencia pública, (4) mintió para obtener una visa, (5) trabajó en los Estados Unidos sin permiso, o (6) se quejó de más de su estatus legal, etc. Vamos a entrar en más detalles sobre estos factores más adelante.

En general, los casos de ajuste de estatus basados en el empleo y en la familia están sujetos a entrevistas con la oficina local del distrito de USCIS. Las personas que se someten a un procesamiento consular de casos basados en el empleo o en la familia también deben asistir a una entrevista.

Al final de esta etapa, el extranjero recibirá la residencia permanente y se le expedirá una "Green Card".

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